TIENEN MUJERES Y HOMBRES EL MISMO DERECHO A RECIBIR PENSIÓN ALIMENTICIA

En los casos de divorcio voluntario o fin del concubinato tendrán derecho a recibir alimentos cualquiera de los cónyuges o concubinos que durante el matrimonio o la unión haya realizado trabajo del hogar consistente en tareas de administración, dirección, atención y cuidado de la familia de manera cotidiana, así como cualquiera de los cónyuges o concubinos que, por su condición o circunstancia, no pueda allegarse sus alimentos.

Propuesta en su oportunidad por los Diputados PRD Estado de México en la LX Legislatura Mexiquense, la reforma busca actualizar esta norma a las circunstancias actuales del país y la entidad, en las que los modelos de familia se han transformado radicalmente.

About Author

Entradas relacionadas

Dejar un Comentario